12 enero 2015

CERTIFICADO ENERGÉTICO: EL MÁS BARATO PUEDE NO SER EL MÁS ECONÓMICO

En este momento uno de los trabajos que estoy desarrollando habitualmente es la certificación energética de edificios existentes,  tanto viviendas como locales comerciales.


A pesar de la voraz competencia en este ámbito, aún se pueden hacer algunos trabajos de este tipo. Y cuando digo voraz me refiero a los precios que técnicos independientes y empresas han impuesto en este mercado, la mayoría de las veces a costa realizar las certificaciones con datos supuestos y sin ni siquiera visitar el edificio.

Estoy de acuerdo en que en la situación económica en que nos encontramos la mayoría de los españoles no es la más idónea para que nos impongan un gasto más a la hora de vender o alquilar nuestra vivienda. Pero si tenemos que hacer algo: hagamoslo bien!!!   Entre otras cosas porque el no realizarlo adecuadamente puede traer consecuencias para todos.

Lo que debe saber el propietario

El primer perjudicado por una certificación energética incorrecta es el propietario, si sale más baja de lo que debería.

Aunque hoy por hoy sigue siendo habitual ver anuncios en inmobiliarias u otros medios de venta o alquiler de inmuebles sin su correspondiente calificación energética, hay que tener en cuenta que los propietarios que lo hacen están expuestos a sanciones de entre 300 y 600 euros.

Publicitar la venta o alquiler de un inmueble con una certificación energética sin tener realmente un certificado energético se considera infracción muy grave y puede suponer sanciones de 1.001 a 6.000 euros.

Además si vende o alquila la vivienda o local y la certificación energética se hizo por encima de la realidad, el comprador o inquilino  pueden reclamar posteriormente al propietario alegando vicios ocultos, solicitar la devolución del dinero o incluso reclamarle daños y perjuicios porque la certificación que le presentó no decía la verdad. Con lo que al final el mayor perjudicado es el propietario.

Lo que deben saber las inmobiliarias

En algunas comunidades autónomas ya se están llevando a cabo inspecciones sobre la publicidad de edificios sin su correspondiente calificación energética, como podemos ver en estos artículos de Cataluña y Navarra.

Lo que debe saber el técnico certificador

El RD 235/2013 prevé revisiones aleatorias para comprobar la veracidad de las calificaciones, siendo responsable de las mismas el técnico certificador.

Si atendemos a la Ley 8/2013 de 26 de Junio de Rehabilitación, Regeneración y Renovaciones urbanas:

1. Falsear la información en la expedición del CEE se considera una infracción muy grave y puede acarrear sanciones de 1.001 a 6.000 euros.

2. Incumplir las condiciones establecidas en la metodología de cálculo del procedimiento para la certificación energética se considera infracción grave, con sanciones de 601 a 1.000 euros.

3. La expedición de certificados que no incluyan la información mínima exigida se considera infracción leve, con sanciones de 300 a 600 euros.

Como podemos ver en este artículo ya se han impuesto sanciones a técnicos por este tipo de prácticas.

A título orientativo

El Ministerio de Hacienda aprobó en 2013 tarifas oficiales, para la emisión de certificados de eficiencia energética de inmuebles de la Administración pública.

La tarifa mínima oficial para un inmueble perteneciente a la administración pública con una superficie de hasta 80 m² es:

- Coste del certificado: 184,34 euros sin IVA.

- Trámite de registro, si se delega en el técnico: 20 euros sin IVA.

- Tasas de registro: no detalladas en el documento ya que las tasas y tipo de registro, dependen de cada comunidad autónoma.